Si 2024 fue el año de la aplicación de la normativa, con la entrada en vigor de AFIR en la UE, NEVI en EE. UU. y las nuevas normas de Australia, 2025 se perfila como el año de los datos y la ciberseguridad. Los gobiernos nacionales han reconocido que unos datos transparentes y estandarizados son clave para garantizar el futuro del modelo de negocio de la recarga de vehículos eléctricos (VE). De Bruselas a Washington, los reguladores están implantando marcos técnicos que cambiarán de forma radical cómo los operadores de puntos de recarga (CPO) informan sobre su infraestructura, la protegen y la rentabilizan.

Hay mucho en juego. El 14 de abril de 2025 es un plazo de cumplimiento crítico para la comunicación de datos de AFIR, mientras que las nuevas obligaciones de ciberseguridad de NIS2 y del Reglamento de Ciberresiliencia (CRA) ya están en vigor en toda la UE. Al mismo tiempo, los marcos fiscales evolucionan con rapidez, desde las aclaraciones sobre el IVA hasta los nuevos requisitos de facturación electrónica, y el mercado portugués está a punto de vivir su mayor reforma estructural en años.


Novedades regulatorias

Comunicación de datos AFIR a los puntos de acceso nacionales (plazo: 14 de abril)

En virtud de AFIR, los Estados miembros de la UE debían crear puntos de acceso nacionales (PAN) antes del 30 de diciembre de 2024 para permitir la aplicación técnica de las disposiciones del reglamento sobre intercambio de datos. En diciembre, la Comisión Europea publicó los proyectos de actos delegados que definen las especificaciones técnicas sobre cómo los CPO deben facilitar los datos, implementar API y admitir la funcionalidad V2G.

Las categorías de datos, definidas inicialmente en abril de 2024, se han ampliado de forma notable con decenas de nuevos parámetros que abarcan desde la disponibilidad en tiempo real hasta la transparencia de precios y las especificaciones de los conectores. Aunque estos requisitos siguen en la fase final de revisión regulatoria, el sector coincide en que el texto definitivo apenas se apartará del borrador.

Qué significa para los operadores:

  • Plazo de cumplimiento: 14 de abril de 2025
  • Los CPO deben implementar API conformes capaces de enviar a los PAN tanto datos estáticos como dinámicos
  • Los datos deben facilitarse en formatos estandarizados (OCPI 2.2.1 o DATEX II, según la jurisdicción)
  • El incumplimiento puede acarrear sanciones y un acceso restringido al mercado


La comunicación ampliada de datos reforzará el ecosistema del VE al mejorar la interoperabilidad, permitir una planificación más precisa de la infraestructura y simplificar las operaciones transfronterizas. Pero también introduce nuevas obligaciones técnicas y operativas que requieren atención inmediata.

Ciberseguridad en la recarga de VE: NIS2 y el Reglamento CRA

Con la entrada en vigor de la Directiva NIS2 en octubre de 2024 y la aplicación del Reglamento de Ciberresiliencia, la ciberseguridad se ha convertido en un requisito de cumplimiento fundamental para la explotación de la recarga de VE en Europa. En enero de 2025, la mayoría de los países de la UE siguen transponiendo los requisitos mínimos de NIS2 a su legislación nacional, pero las obligaciones principales están claras. Entre los requisitos clave figuran criterios de conformidad de los productos, rendimiento del firmware y riesgos de ciberseguridad. Estos criterios y requisitos están bastante alineados con la familia de normas ISO 27000.

Qué significa para los operadores:

  • Los CPO deben colaborar con sus proveedores de hardware para verificar el cumplimiento de las normas NIS2 y CRA
  • Las plataformas de software (incluidos los proveedores de CPMS) deben implantar autenticación segura, comunicaciones cifradas y auditorías de seguridad periódicas
  • Los operadores pueden clasificarse como «entidades esenciales» o «entidades importantes» según NIS2, lo que conlleva requisitos de gobernanza adicionales
  • La diligencia debida en la cadena de suministro ya es obligatoria: no se pueden instalar equipos que no cumplan la normativa

El enfoque regulatorio en la ciberseguridad refleja que la infraestructura de recarga de VE se considera cada vez más una infraestructura nacional crítica. Los operadores que lo traten como un mero trámite en lugar de como una prioridad estratégica se expondrán tanto a riesgos de cumplimiento como a riesgos para su reputación.

Fiscalización e IVA: las nuevas normas de facturación electrónica

En 2024 se implantaron nuevas normas de fiscalización en toda Europa, y 2025 traerá una mayor armonización, sobre todo en la facturación electrónica y el tratamiento del IVA de las transacciones de recarga transfronterizas. Los requisitos varían según el mercado, pero empiezan a surgir elementos comunes:

  • Obligación de facturación electrónica: varios Estados miembros de la UE exigen ya la transmisión en tiempo real de los datos de facturación (en formato .xml o .csv) directamente a las autoridades fiscales nacionales
  • Requisitos de código QR: los recibos y las facturas deben incluir códigos legibles por máquina para su verificación
  • Claridad sobre el IVA: una sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de octubre de 2024 confirmó que la venta de electricidad es una entrega de bienes sujeta a impuestos y que los servicios relacionados (como las tarifas de acceso a la red de recarga) son operaciones independientes, salvo que sean accesorios al suministro de electricidad

Esta sentencia del TJUE tiene grandes implicaciones para los proveedores de servicios de movilidad eléctrica (eMSP) que prestan servicios transfronterizos. Aclara a quién corresponde el IVA en escenarios de itinerancia complejos e influirá en cómo se estructuran y gravan las transacciones de recarga en toda la Unión.

Qué significa para los operadores:

  • Los CPO y los eMSP deben asegurarse de que sus sistemas de facturación pueden emitir facturas electrónicas conformes
  • Los operadores con actividad transfronteriza deberían revisar el tratamiento del IVA con sus asesores jurídicos y fiscales
  • Según la jurisdicción, puede ser necesaria la integración con las plataformas nacionales de declaración fiscal

Liberalización de Mobi.E en Portugal

El Gobierno portugués ha propuesto una ley para liberalizar el mercado de la recarga de VE del país, con el objetivo de impulsar la competencia y simplificar los pagos para los conductores. La propuesta, cuyo debate en la Asamblea de la República está previsto para el 30 de enero, es una de las reformas estructurales más importantes de la política europea de recarga de VE.

Cambios clave:

  • Eliminar los contratos obligatorios entre operadores y proveedores de energía
  • Exigir tarifas transparentes en todas las redes de recarga públicas
  • Exigir opciones de pago ad hoc para facilitar el acceso a usuarios ocasionales y turistas
  • Alinear la normativa nacional con los requisitos de interoperabilidad y transparencia de AFIR

Si se aprueba, esta reforma transformará de raíz el mercado portugués, reducirá las barreras de entrada para nuevos CPO y mejorará la experiencia de los conductores, que llevan tiempo quejándose de la complejidad del sistema actual.


Financiación e incentivos

UE: aún hay 1.000 M€ disponibles del AFIF

Hasta la fecha, el Mecanismo para la Infraestructura de Combustibles Alternativos (AFIF) de la UE ha asignado 1.300 millones de euros a 131 proyectos, que financian la instalación de unos 24.000 puntos de recarga de 150 kW y 2.500 cargadores ultrarrápidos de 350 kW a lo largo de los corredores de la RTE-T de la UE.

Los CPO pudieron presentar propuestas de proyectos a finales de 2024 dentro de la última convocatoria de 1.000 millones de euros. Aunque los resultados de la primera fecha de corte siguen pendientes, los participantes nuevos y los que repiten tienen dos oportunidades más para presentar su solicitud: el 11 de junio de 2025 y el 17 de diciembre de 2025.

Requisitos de admisibilidad:

  • Los proyectos deben estar situados en corredores de la red básica o de la red global de la RTE-T
  • La infraestructura debe cumplir las normas técnicas de AFIR (ya compatibles con la plataforma de AMPECO)
  • Los solicitantes deben demostrar su viabilidad financiera y su capacidad operativa

El AFIF sigue siendo una de las fuentes más importantes de capital no dilutivo para la infraestructura de recarga europea. Los operadores deberían dar prioridad a las solicitudes para corredores de mucho tráfico y regiones estratégicas con poca cobertura.

Nueva administración de EE. UU. e incentivos federales

La orden ejecutiva de la Administración Trump ha introducido una pausa de 90 días en parte de la financiación de la Inflation Reduction Act, lo que plantea dudas sobre el futuro de los incentivos federales a la recarga de VE como NEVI y CFI.

NEVI (National Electric Vehicle Infrastructure Formula Program):

El programa NEVI, gestionado por la Administración Federal de Carreteras de EE. UU. (FHWA), es una iniciativa de 5.000 millones de dólares para ampliar la infraestructura de recarga de VE en todo el país entre 2022 y 2026. En enero de 2025, NEVI había asignado fondos a 1.000 proyectos en 35 estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico, por un total de 615,7 millones de dólares y 204.000 conectores. 

Los próximos fondos de NEVI para el ejercicio fiscal 2026 podrían anularse, ya que el resto ya se ha asignado a los estados. No obstante, los fondos desembolsados sin contratos podrían ser reclamados por el Gobierno federal mediante una ley del Congreso.

CFI (Charging and Fueling Infrastructure Program):

El programa CFI ya ha tenido varias convocatorias y ha asignado 1.900 millones de dólares de una dotación total de 2.500 millones. La financiación de CFI, que se concede por proyecto, también está en pausa, y algunas ayudas podrían correr más riesgo según su situación contractual. Cualquier recorte de la financiación podría afectar gravemente a las empresas y comunidades que dependen de estos programas.

Qué significa para los operadores:

Aunque los incentivos federales son inciertos, sigue habiendo una financiación considerable a nivel estatal y de las empresas de energía. La plataforma de AMPECO ya cumple las condiciones de explotación de los principales programas estatales de ayudas, como CALeVIP, NYSERDA, NJDEP y National Grid.

Los operadores deberían dar prioridad a las solicitudes a programas estatales y de las empresas de energía, que no se ven afectados por los cambios de la política federal y ofrecen plazos de financiación más previsibles.


Liderazgo y representación de AMPECO

Actos delegados de AFIR: la opinión del sector sobre datos

AMPECO presentó comentarios formales a la Comisión Europea en apoyo de la introducción de tipos de datos estáticos y dinámicos adicionales en virtud del artículo 20, apartado 2, de AFIR. La comunicación ampliada de datos reforzará el ecosistema del VE al permitir:

  • Una mejor interoperabilidad entre redes de recarga y plataformas
  • Informes más precisos para reguladores e inversores
  • Un despliegue de infraestructura más ágil y una mejor integración en la red eléctrica

Nuestras aportaciones subrayaron la necesidad de alinear los requisitos de datos de AFIR con los protocolos de comunicación existentes, como OCPP 1.6 y OCPP 2.0.1. Lea la aportación completa de AMPECO →

RED III, artículo 20 bis (3): datos de batería en tiempo real

La Directiva de Energías Renovables revisada de la UE (RED III) introduce el artículo 20 bis, apartado 3, que obliga a los fabricantes de vehículos a facilitar datos en tiempo real sobre el rendimiento de la batería y el estado del vehículo. Los datos clave incluyen: estado de salud de la batería (SoH), estado de carga (SoC), consigna de potencia, capacidad de la batería y ubicación del vehículo (cuando proceda).

Estos parámetros son esenciales para la recarga inteligente, las tecnologías V2G y el mantenimiento predictivo. Según las orientaciones de la Comisión Europea, el artículo 20 bis, apartado 3, se aplica a partir del 1 de enero de 2025.

La posición de AMPECO: aunque parte de estos datos ya está disponible a través de los protocolos OCPP, su aplicación completa exige incorporar a las especificaciones OCPP todos los requisitos de comunicación de datos de RED III. Así será posible transmitir los datos de forma segura desde los vehículos a los CPO y de estos a las autoridades reguladoras mediante API de CPMS estandarizadas.

Irlanda: apoyo a la estrategia de integración en la red de ZEVI

Zero Emission Vehicles Ireland (ZEVI) ha publicado una estrategia de datos alineada con las obligaciones de AFIR que introduce un requisito adicional importante: asociar los puntos de recarga de VE a números de referencia del punto de medida (MPRN) para vincularlos directamente a la red eléctrica nacional.

El enfoque propuesto permitiría cuantificar con precisión y localizar geográficamente la demanda de electricidad de la recarga de VE. Los datos MPRN aportan ventajas clave, como una mejor planificación de la capacidad para reforzar la red eléctrica, mecanismos de flexibilidad optimizados para apoyar los servicios energéticos, evaluaciones técnicas detalladas de la nueva infraestructura de recarga y una modelización más precisa de la demanda para que la red eléctrica cubra las necesidades de capacidad futuras y cumpla los objetivos de AFIR.

AMPECO apoyó este enfoque respondiendo a la encuesta sectorial de ZEVI y destacó las ventajas operativas de contar con datos estandarizados de integración en la red eléctrica.

EE. UU.: infraestructura de recarga para vehículos medianos y pesados

AMPECO presentó comentarios al Departamento de Transporte de EE. UU. y a la Joint Office of Energy and Transportation en respuesta a una solicitud de información sobre las tecnologías de recarga eléctrica y las necesidades de infraestructura de los vehículos medianos y pesados (MHD).

Las recomendaciones de AMPECO para mejorar la infraestructura de recarga de flotas MHD destacan la necesidad de protocolos estandarizados y de una integración fluida de los sistemas para garantizar la compatibilidad entre redes de recarga y fabricantes. Defienden soluciones de gestión avanzadas, como el equilibrio de carga y la recarga inteligente, junto con estaciones de recarga situadas estratégicamente cerca de depósitos y rutas de transporte.

Lea el comentario completo de AMPECO →

Plazos clave del 1T de 2025

  • 1 de enero de 2025: comienza la aplicación del artículo 20 bis, apartado 3, de RED III (intercambio de datos de batería)
  • 30 de enero de 2025: debate en la Asamblea de la República de Portugal sobre la liberalización de Mobi.E
  • 14 de abril de 2025: fin del plazo de comunicación de datos AFIR a los puntos de acceso nacionales
  • 11 de junio de 2025: fecha de corte para las solicitudes de financiación del AFIF


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Author

Ivelina Kadiri

Policy Compliance Manager

About the author

Ivelina es una responsable de cumplimiento normativo atenta a las tendencias, que se desenvuelve con destreza en entornos regulatorios complejos y tiende puentes entre los objetivos de transporte sostenible y su aplicación práctica.